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Rechazan impugnaciones contra Soria y Ferreira

El Tribunal Electoral provincial rechazó “in límine” el planteo contra la candidatura a gobernador de Carlos Soria por la Alianza Frente para la Victoria para el próximo 25 de septiembre.

La impugnación fue planteada por Héctor Robinson Carrasco, en su carácter de ciudadano común, quien cuestionó al actual intendente de Roca la falta de convocatoria a elecciones de las Juntas Vecinales, considerando que con ello había violado la Constitución provincial y la carta orgánica municipal.

El Tribunal coincidió con la posición de la fiscal Electoral, Adriana Zaratiegui, quien interpretó que según la normativa los únicos habilitados para formular este tipo de impugnaciones son los partidos políticos y el ministerio público en caso de afectación del interés u orden públicos.

En ese marco los jueces agregaron que Carrasco no ostenta calidad de apoderado ni representante de ninguna agrupación política como para tener habilitada la instancia jurisdiccional a los efectos de articular una pretensión impugnatoria “por lo que a esta altura del proceso preeleccionario, el simple carácter de ciudadano no le da legitimidad para accionar como pretende, por lo que sólo corresponde rechazar su planteo”.

Con el mismo tenor el Tribunal rechazó la impugnación a la candidatura de Jorge Ferreira como intendente de Viedma por la Alianza Concertación para el Desarrollo formulada por el ex concejal de esta capital, Carlos Pérez, en su calidad de afiliado al partido Demócrata Cristiano y como candidato a tercer edil titular por la alianza Nuevo Encuentro.

Pérez fundamentó que Ferreira está impedido para presentarse a ese cargo por pretender acceder a un tercer mandato consecutivo en violación de la prohibición contenida en el artículo 80 de la Carta Orgánica Municipal.

El Tribunal consideró el informe de la secretaría Electoral en relación a que caducó la personería jurídico-política del partido Demócrata Cristiano tanto en el distrito como a nivel provincial.

Los jueces tuvieron también en cuenta el dictamen de la fiscal Zaratiegui, quien consideró ilegítimo el pronunciamiento de Pérez, por las mismas razones del caso anterior en relación que la norma establece que los únicos habilitados para formular este tipo de impugnaciones son los partidos políticos y el ministerio Público en caso de afectación del interés u orden públicos. (DRN)

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