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NORMATIVAS DEL RENAR

En la Municipalidad de General Roca se recibieron normativas vigentes del RENAR, para el uso de pirotecnia en espectáculos públicos.-

Se destaca que para ejecutar lo que se llama fuegos artificiales, la empresa o persona física deberá estar habilitada por RENAR en las categorías que corresponden, hasta 4 pulgadas o hasta 16 pulgadas.-

Esta habilitación no es válida si la empresa o persona, antes de realizar el espectáculo no lo autoriza el Municipio de la localidad, que a su vez debe solicitar autorización al RENAR con no menos de 10 días de anticipación, para que este organismo evalúe las medidas de seguridad y si es viable el espectáculo en el lugar previsto, debiéndose además dar aviso a Bomberos y Policía para que supervise dicho espectáculo y controle las medidas de seguridad adoptas por la empresa.-

El RENAR pone a disposición de los interesados la disposición N°2299/2000 de Dirección General de Fabricaciones Militares, para que los interesados puedan informarse convenientemente pudiendo realizar consultas en la delegación al 02994436317 por correo electrónico o ingresar a la pagina del RENAR www.renar.gov.ar

En las normativas recibidas se especifica el necesario cumplimiento de las disposiciones en vigencia y sobre todo prevenir cualquier tipo de accidentes, como también así no permitir que empresas o personas no habilitadas realicen espectáculos de este tipo.

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