Mar 27, 2023

ROCA PORTAL

El Portal de General Roca, Río Negro, Patagonia Argentina

Entrega de 258 Pensiones No Contributivas

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GENERAL ROCA – Se realizó el pasado viernes el acto de entrega de 258 Pensiones No Contributivas. Las mismas fueron gestionadas por la Secretaria de Desarrollo Social del Municipio ante la Comisión Nacional de Pensiones, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.

Estuvieron presentes el Intendente Carlos Soria, la Subsecretaria de Políticas Alimentarias del Ministerio de Nación, Sra. Liliana de Periotti y la Asesora de la Secretaria General de la Presidencia de la Nación, Sra. María Inés Grandoso.
El Senador Nacional Miguel Pichetto no pudo estar presente tal como estaba previsto debido a la suspención del vuelo que lo traería a la región.

En su discurso, el Intendente Carlos Soria resaltó la seriedad con que se realiza el proceso de adjudicación de estas pensiones gracias al trabajo conjunto que llevan adelante el Centro de Referencia de Pensiones del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y la Secretaría municipal de Desarrollo Social. Además destacó la importancia de esta contribución para mejorar la calidad de vida de las personas que acceden a esta política de inclusión social y que tienen necesidades básicas insatisfechas.

Desde el 2003, año en que se firmó el convenio con el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, se han entregado en nuestra ciudad mas de 4.500 pensiones (de las 15.000 que se han gestionado en toda la provincia).

Las pensiones no contributivas comprenden tres grupos: Vejez, Invalidez y Madres de 7 o más hijos. Estas asignaciones constituyen un derecho dictaminado por ley para aquellos ciudadanos que por una razón u otra se encuentran en desventaja ante otro, es decir, por un problema de salud o por una situación de riesgo social.

El tramite para gestionar pensiones no contributivas es personal y gratuito. Comienza con la inscripción en el CDR (Centro de Referencia- pensiones) donde el/la solicitante entrega la documentación que permite iniciar el trámite, luego es atendido por diferentes Lic. en Servicio Social de la Secretaría de Desarrollo Social de la Municipalidad, en sus respectivas unidades barriales o realizando visitas domiciliarias, de acuerdo a la residencia que posea el futuro pensionado/a. Las Lic. en Servicio Social reciben la planilla de solicitud, realizan el informe social que permite tras la elaboración de una evaluación, dar una respuesta positiva o no, con el fin de dar curso final a la solicitud.

En todos los casos, los titulares de este derecho cuentan con cobertura médica integral administrada por el Programa Federal de Salud (PROFE) dependiente del Ministerio de Salud de la Nación.

Las normas legales que regulan el beneficio son:
Vejez : Ley 13.478 y su Decreto Reglamentario 582/03.
Invalidez : Ley 18.910, Decreto Reglamentario 432/97.
Madres de 7 o más hijos: Ley 23.746, Decreto Reglamentario 2360/90.

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